¿Vacaciones? Tu cliente sí… pero su deuda no se va de viaje

Descubre cómo reclamar impagos en agosto (aunque te digan que están cerrados).

Agosto no es una excusa legal.
Y sin embargo, cada año, muchas empresas se encuentran con respuestas como:

“Estamos cerrados por vacaciones”, “No hay nadie en administración” o “Pásate en septiembre”.

¿Te suena?

En CREDIT BACK hemos escuchado todas esas excusas y más. Pero…

  • ¿Qué dice realmente la ley?
  • ¿Es legal retrasar el pago por estar de vacaciones?
  • ¿Se puede reclamar durante agosto?

Vamos a despejar los mitos y darte las claves jurídicas para actuar con seguridad (y eficacia) durante el verano.

Mito 1: “En agosto no se puede reclamar nada”

❌ FALSO.

No existe ningún impedimento legal para reclamar pagos en agosto.
Las obligaciones de pago siguen vigentes, y si un deudor tenía que pagarte el 15 de agosto, sigue estando obligado a hacerlo aunque su empresa esté cerrada.

💡 TIP CREDIT BACK: Aunque el mes de agosto puede ser inhábil judicialmente en algunos procedimientos civiles (del 1 al 31), esto no aplica a las reclamaciones extrajudiciales ni a ciertos actos urgentes. Además, los plazos de vencimiento contractual siguen corriendo.

Mito 2: “No hay nadie para gestionar pagos”

NO ES UNA JUSTIFICACIÓN LEGAL.

La gestión interna de vacaciones no exime a la empresa del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si han firmado un contrato con plazo de pago definido, deben cumplirlo.

🔎 El artículo 1.258 del Código Civil establece que los contratos tienen fuerza de ley entre las partes. Que no haya personal de contabilidad no anula una deuda.

Mito 3: “La factura vence en agosto, pero lo pagamos en septiembre”

⛔ INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.

Aceptar esa práctica supone permitir un retraso sin justificación.
No lo hagas. Ceder una vez abre la puerta a que se convierta en hábito.

💡 Si el vencimiento es claro, puedes enviar un requerimiento fehaciente o recurrir a un tercero (como CREDIT BACK) para ejercer presión profesional sin dañar la relación comercial.

¿Qué puedes hacer si te dan largas en verano?

Envía una reclamación formal por escrito.
Exige un compromiso de pago por escrito con fecha cerrada.
Valora iniciar acciones extrajudiciales de cobro.
Documenta cada intento de comunicación.

Y si el deudor sigue sin responder…

👉 CREDIT BACK puede actuar por ti, sin coste inicial y sin compromiso, bajo un modelo 100% a éxito.
En agosto también recuperamos impagados. Porque las excusas de verano no detienen la ley.

Conclusión: No te creas el mito de agosto

La ley te respalda para reclamar tus facturas impagadas en cualquier momento del año.
Las vacaciones no son inmunidad. No pospongas lo que puedes recuperar ahora.
Actúa hoy. Agosto puede ser tu mejor mes para recuperar lo que es tuyo.

¿Quieres que analicemos gratis tu caso?

📧 Escríbenos a: vcruz@creditback.es

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📞 O si lo prefieres, llámanos al +34 933 624 243 y uno de nuestros expertos te asesorará gratis.

¿Excusas de verano o ingresos recuperados?
Tú eliges qué quieres cuando vuelva septiembre

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